La violencia contra la población LGBTIQ es sistemática y persistente en todos los departamentos del país. Durante varios meses en Baudó Agencia Pública realizamos un rastreo y cruce de bases de datos, fuentes de información y registros de noticias criminales de la Fiscalía General, lo que nos permitió trazar esta cartografía con los crímenes reportados contra las personas sexualmente diversas en el país durante los últimos diez años. A un panorama que puede parecer desolador quisimos agregar otros hitos, voces y logros de una comunidad que ha conquistado importantes victorias jurídicas en los últimos años, una lucha que busca trazar algún día otro mapa, libre de agresiones, crímenes y odio. Sigue navegando para conocer todo el especial.
Entre ellas, 767 fueron víctimas de homicidios o feminicidios. La mitad de esos crímenes están concentrados en los departamentos del Valle del Cauca con 139, Antioquia con 123 y la ciudad de Bogotá con 85. Tendencia que, como veremos más adelante, se repite para otros repertorios de violencia.
En términos sencillos esto quiere decir que durante los últimos diez años ocurrieron más de once mil presuntos hechos violentos contra la población LGBTIQ que fueron denunciados ante las autoridades. Un promedio de esa cifra da más de mil cien hechos victimizantes cada año.
Para entender las dimensiones de este dato y su impacto en la cotidianidad y en la vida de las personas sexualmente diversas basta imaginar que se cometieron actos violentos y de discriminación en contra de personas LGBTIQ en algún lugar del país a razón de tres veces cada día, todos los días, durante diez años.
El análisis anterior tiene como premisa, únicamente, las cifras oficiales de la Fiscalía que contrastan de forma amplia con los datos de la Defensoría del Pueblo, entidad que en su Sistema Misional Visión Web de Atención y Trámite de Quejas documentó durante el mismo periodo una cifra muchísimo menor de hechos violentos que atentan contra la vida de la población LGBTIQ con la irrisoria estadística de 92 casos.
Los criterios de medición de la Defensoría difieren de la Fiscalía, pues no están basados en delitos sino en categorías más amplias como la vulneración al acceso a la salud, el derecho a la integridad personal, la garantía de igualdad ante la ley o el libre desarrollo de la personalidad. De todos modos, son datos tan limitados y poco significativos que no fueron tenidos en cuenta para elaborar nuestro mapa, aunque pueden ser consultados en las tablas adjuntas de este especial.
Hay años en los que la Defensoría no reportó información al respecto, como en la vigencia 2021. De hecho, en departamentos como Amazonas, Casanare y Boyacá la Defensoría no registra datos. Y en otros como Caldas, Antioquia y Huila la información es claramente deficiente, pues la entidad solo registró un caso de violencia contra esta población en los tres departamentos durante la última década. Esta diferencia es abrupta en relación con los datos de la Fiscalía y la información disponible en prensa y otras fuentes abiertas.
La organización Caribe Afirmativo documentó, entre 2021 y 2023, 10.954 hechos de violencia contra la población sexualmente diversa, cifra construida a partir de datos oficiales más denuncias y casos recopilados por ellos mismos que nunca llegaron a instancias judiciales. Esto explica por qué en un lapso de tres años esta ONG presenta casi el mismo número de hechos violentos que la Fiscalía en diez años.
Además, Caribe Afirmativo detalló la orientación precisa de las víctimas cuando tuvo elementos que permitieran llegar a ese nivel de profundidad. Esta es información que la Fiscalía no tiene discriminada en sus bases de datos. De acuerdo con los registros de dicha ONG, la mayoría de casos de violencia entre 2021 y 2023 afectaron a los hombres gay (3.801), seguidos por las mujeres lesbianas (2.020), las personas con experiencia de vida trans (973), los hombres bisexuales (861) y las mujeres bisexuales (749).
Caribe Afirmativo y la ONG Colombia Diversa cruzaron sus bases de datos para obtener claridad sobre presuntos victimarios, estos datos involucran a actores oficiales como la Policía Nacional o grupos armados ilegales como las guerrillas, las bandas criminales o las disidencias de las extintas FARC. Sin embargo, los datos son pocos y no configuran una muestra representativa, por ello no fueron tenidos en cuenta para la elaboración de la cartografía.
La disparidad en las cifras confirma que hay un enorme subregsitro, como aseguró a Baudó AP el director de Caribe Afirmativo, Wilson Castañeda, pues muchos de los casos jamás se denuncian, no llegan a la Defensoría ni son investigados por el ente acusador. O en el mejor de los casos, son documentados sin tener en cuenta la orientación sexual e identidad de género de la víctima. La palabra que resume esta situación es: impunidad.
Además, las cifras de la Fiscalía no discriminan datos clave como la edad de las víctimas, su procedencia o el estado de las noticias criminales, por ello no fue posible conocer el nivel de avance en la investigación de estas violencias ni establecer a ciencia cierta cuántos de los casos han terminado en juicios con fallos contra los responsables.
El ente investigador confirmó, no obstante, que 8.183 de estos procesos siguen activos. Más de la tercera parte de ellos están concentrados en el eje geográfico mencionado antes: Bogotá con 1.156, Antioquia con 1.033 y Valle del Cauca con 932, lo que no implica perse que en estos territorios exista una mayor violencia contra la población LGBTIQ, pues cabe la hipótesis de que un número mayor de casos llegaron a instancias judiciales debido a que allí funcionan mejor las rutas y mecanismos de denuncia. Algunos ejemplos pueden ser:
-El asesinato en Cali de la mujer trans Valeria Sandoval en 2018, cuando en medio de un supuesto robo en su residencia apareció muerta y la Fiscalía señaló a dos personas que vivían en su residencia.
-Los 24 homicidios de personas sexualmente diversas ocurridos en Medellín en 2022, atribuidos por la prensa a presuntos cobros de extorsiones a través de redes sociales y aplicaciones de citas. Y,
-El homicidio de Luciana Moscoso, una activista trans hallada en una casa de un barrio de Bogotá en abril de 2021, cuyo presunto asesino fue capturado y está ad portas de afrontar un juicio por ese crimen.
Los delitos sexuales son otra forma frecuente de violencia contra la población LGBTIQ. La Fiscalía indica que en la última década recibió 3.596 denuncias al respecto. Bogotá con 590 casos es la zona del país donde se cometieron más abusos y agresiones de este tipo, seguida por Antioquia con 342, y en tercer lugar el Tolima con 333. La violencia está distribuida en otros cinco departamentos, que agrupan un número importante de casos denunciados: Magdalena con 265, Cundinamarca con 192, Cauca con 183, Atlántico con 142, Bolívar con 138 y Boyacá con 111.
La discriminación, reconocida como delito en Colombia desde el 2015 por la ley 1752, también fue incluida en este mapa de violencias. No obstante, es pertinente aclarar que la Fiscalía entregó datos en los que se reseñan discriminaciones contra miembros de minorías étnicas, personas con discapacidad y personas heterosexuales, por ello las cifras tuvieron que ser depuradas. Además, esta información contrasta con los registros de la Defensoría del Pueblo, que documentó 128 casos en la última década, mientras que según las noticias criminales de la Fiscalía existen 1.808 procesos por este tipo penal en donde hubo al menos una víctima de la población LGBTIQ.
En algunos de los registros que tiene la Fiscalía la discriminación ocurrió contra personas diversas que además pertenecían a otras minorías. Esa entidad detalló a 28 indígenas y 17 afrocolombianos, miembros autoreconocidos de la población LGBTIQ, como casos concentrados principalmente en Chocó, Nariño, Cauca y Valle del Cauca, territorios que cuentan con amplias franjas de población perteneciente a algún grupo étnico.
Finalmente, de acuerdo con el ente investigador, las amenazas son el principal hecho victimizante contra las personas sexualmente diversas en el país. En la Fiscalía existen 5.373 noticias criminales por este delito que componen casi la mitad de todas las denuncias relacionadas con la comunidad LGBTIQ durante la última década. Los primeros lugares son ocupados, de nuevo, por Valle del Cauca (791 casos), Bogotá (669) y Antioquia (438), confirmando la tendencia que ya se perfilaba con otros hechos violentos. La organización Caribe Afirmativo registra una cifra mayor en un periodo menor, pues documentaron 6.294 amenazas recopiladas entre 2020 y 2023.
Sin embargo, este panorama desolador tiene otra cara que en Baudó Agencia Pública consideramos urgente resaltar. Se trata de la historia de luchas, resistencias y victorias políticas y jurídicas que la población LGBTIQ ha conquistado a lo largo de las últimas tres décadas, condensadas en una línea de tiempo que se origina en 1993 con la primera sentencia de la Corte Constitucional que garantiza el reconocimiento al libre desarrollo de la personalidad consagrado en la Constitución Política de 1991, pasando por hitos como los otros fallos judiciales que posibilitaron el matrimonio igualitario o la adopción de menores por parejas del mismo sexo, hasta la primera cédula trans en el país. Luchas, resistencias y conquistas que nos llevan a creer que algún día será posible un mapa nuevo: libre de odio, discriminaciones y violencias.
“En todas partes hay personas LGBTIQ+, pero no en todas partes hay procesos organizativos. Es una debilidad que de las más de 400 organizaciones LGBTIQ+ que el Ministerio del Interior tiene registradas, la mayoría sean organizaciones unipersonales, es decir, una persona que la alcaldía llamó a hacer una conversación, porque tiene una visibilidad como mujer trans, como hombre gay o como lesbiana en su pueblo. En cualquier pueblo reciben una carta del Ministerio del Interior diciendo que deben consultar a las personas LGBTIQ+ y el alcalde va y llama a la mujer trans que tiene una peluquería en la plaza. Eso no es el fruto de un proceso colectivo”.
“No contamos con política pública para personas LGBTIQ+ para que se puedan identificar acciones de prevención a violencias basadas en género o basadas en prejuicio, esto no existe y es parte de la lucha de los últimos diez años del movimiento de las disidencias sexuales aquí en la ciudad de Valledupar. Contamos, por lo pronto, con una caracterización de la población LGBTIQ+ que puede servir de línea base para construir esta política pública, pero este ejercicio debe actualizarse. Contamos además con un enlace de género y un enlace LGBTIQ+ dentro de la oficina de gestión social, van encaminados a mirar temas de prevención, pero ha sido históricamente un presupuesto bastante limitado pues no hay una política pública que ordene un gasto público y específico para tal fin. Esto hablando de la alcaldía de Valledupar, pero en la Gobernación del Cesar no hay nada, este departamento ha sido cooptado por la casa política de los Genecco, que históricamente han sido homofóbicos, no le han dado entrada jamás en la historia a temas de género y mucho menos de disidencias sexuales. Es una deuda que tiene este departamento”.
Olano Meneses asegura que su organización ha documentado casos de discriminación y violencia contra mujeres lesbianas que por su orientación son insultadas, maltratadas o excluidas de espacios públicos como parques, bares o fiestas, lo que atribuye a un machismo arraigado en su región al que, no obstante, ella misma no califica como un fenómeno mayor al del resto del país, pero sí más naturalizado:
“Cuando hay subjetividades que transgreden el orden establecido, o los roles de género establecidos, como en la sociedad vallenata, lo que sucede es que se van creando o configurando mecanismos, prácticas y dispositivos de control del cuerpo, para encauzar ese cuerpo a que siga la norma. ¿Y esto cómo sucede? Sucede desde la configuración y consolidación de espacios de segregación, por ejemplo, en los que incluso las mismas mujeres han interiorizado que debemos dejar de ser quienes somos en algunos lugares para evitar recibir violencia. Eso hace un entramado de violencia y discriminación estructural que poco a poco nos va invisibilizando y nos va excluyendo de lo que somos y cómo vemos el mundo”.
María Victoria Palacios, mujer trans afro de la Fundación Latidos Chocó, en Quibdó, asegura que el panorama en su región “es una hipocresía”, pues ha recibido rechazo incluso de los mismos funcionarios públicos que deberían acompañar y proteger a su comunidad:
“Llegas a buscar información y los funcionarios públicos te van a hablar maravillas, pero cuando miramos a profundidad cómo es el contexto, nos damos cuenta de que Quibdó cuenta con una política pública para las garantías y derechos de la comunidad LGBTIQ+ pero al día de hoy no tiene implementación, lo que invisibiliza las acciones a desarrollar mediante esta política pública. Cuando mandamos un derecho de petición a una alcaldía, no saben ni qué responder porque no saben ni pronunciar lo que es LGBTIQ+. Todo esto se convierte en una violencia y en una invisibilización a los cuerpos de las personas con orientación sexual e identidad de género diversa. También está la generalización de la población LGBTIQ+, encasillándonos en hombres que quieren ser mujeres, o en mujeres que quieren ser hombres, hasta ahí es su perspectiva. Cuando el acceso al trabajo se limita que por ser una persona con orientación sexual diversa estás para la peluquería o para el trabajo sexual, pero no te reconocen tus capacidades para ocupar otro tipo de espacios, eso también es violencia. Cuando a ti como organización, o a otras organizaciones, les exigen que tienen que tener un discurso unificado para poder llegar a espacios, eso también es violencia, porque están limitando y exigiendo que tienes que pensar como piensan otras personas”.
A través de la Sentencia T-808/03 la Corte Constitucional ordenó a la Asociación Scout de Colombia reintegrar a uno de sus dirigentes scout, a quien no le habían querido renovar su inscripción, porque a través de un video compartió cuál era su orientación sexual y expresaba su completo apoyo y respaldo al proyecto de ley con el que se pretendía, el Estado reconociera la unión marital de las parejas del mismo sexo.
Martha Lucía Álvarez fue privada de su libertad entre 1994 y 2003. Durante esos 9 años solicitó al INPEC en repetidas ocasiones que le permitiera recibir visitas conyugales, pero siempre se las negaron bajo el argumento de que las personas homosexuales no tenían acceso a este derecho por razones de seguridad, disciplina y moral. Hasta que en 1996, ella decide presentar su caso ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), al mismo tiempo que genera una acción de tutela ante el sistema carcelario colombiano. El caso fue estudiado por Corte Constitucional en 2003, y esta falló a su favor, a través de la Sentencia T-499/03, bajo la cual le ordena a todos los centros penitenciarios garantizar estos encuentros entre parejas del mismo sexo. Así como 18 años más tarde, la CIDH presenta sus recomendaciones frente a su caso al Estado colombiano, y este por medio de un acto público en 2017, le pide disculpas a Martha de manera pública por vulnerar sus derechos durante los 9 años que pasó en la cárcel.
Un grupo de hombres gay que acostumbraban reunirse en la bahía de Santa Marta, fueron hostigados en repetidas ocasiones por la policía para que desalojaran el espacio público. Situación que llevó a los ciudadanos a presentar una acción de tutela. El documento fue estudiado por la Corte Constitucional, y esta dio un fallo a su favor, después de que encontrar que las actuaciones de algunos de los uniformados, constituyeron una violación de los derechos a la igualdad, el libre desarrollo de la personalidad, la honra, el buen nombre y la libre circulación de estos hombres.
La Corte Constitucional reconoció los efectos patrimoniales a las parejas del mismo sexo, convirtiéndose es un triunfo para la comunidad de lesbianas, gays, bisexuales y transexuales (LGBT). A través de la Sentencia C-075 de 2007, el alto tribunal afirmó que la Ley 54 de 1990, que regula la unión marital aplica tanto a las parejas heterosexuales como a las parejas del mismo sexo y los derechos que trae consigo su unión.
A través de la Sentencia 336 del 2008, la Corte Constitucional reconoció el derecho que tienen las parejas del mismo sexo a la pensión de sobreviviente, en caso de que algune de elles, fallezca y fuera cotizante. Decisión que se fortaleció con la T-151 de 2014, un nuevo fallo del alto tribunal que permite realizar modificaciones a la identidad registrada en documentos de identidad las veces que fuera necesario, en razón de su autodeterminación en la construcción de una identidad propia.
En esta oportunidad la Corte analizó el caso de una mujer transgénero que no fue contratada en una división del distrito de Bogotá especializada en asuntos LGBT, por no haber aportado su libreta militar. El fallo del alto tribunal consideró que la libreta militar no era un requisito exigible, porque si una persona se reconoce como mujer transgénero, y construye su identidad en la vida pública y social como mujer transgénero, exigirle un requisito propio del género con el cual no se identifica como es la libreta militar, desconoce su derecho a desarrollar su identidad de género, es decir, a autodeterminarse.
La Sala Plena del Consejo de Estado estudió una demanda de pérdida de investidura, en contra de la senadora Claudia López Hernández y la representante a la Cámara Angélica Lozano Correa, por ser pareja. Finalmente el alto tribunal determinó que su elección como congresistas no violó el régimen de inhabilidades e incompatibilidades. “Bajo ese contexto se concluye que las prohibiciones o inhabilidades que contiene la Constitución para el ejercicio de congresista son asimilables a las parejas homosexuales en unión libre”, precisa uno de los apartes del fallo.
La decisión fue tomada por la Corte Constitucional con seis votos a favor y tres en contra por parte de los magistrados.
El Consejo de Estado solicitó a la Registraduría Nacional del Estado Civil y al Ministerio de Transporte a través de su Secretaría de Movilidad realizar los debidos cambios en la cédula de ciudadanía y licencia de conducción.
El Tribunal Administrativo de Cundinamarca determinó que la Secretaría de Educación del departamento incumplió su función de control y vigilancia en el colegio donde estudiaba el joven, quien se suicidó en 2014, Qué se suicidó en 2014 tras sufrir acoso y agresiones por parte de la institución debido a su orientación sexual.
Dos madres instauran acción de tutela en representación de su hija menor de edad contra la Registraduría Nacional del Estado Civil, por vulnerar los derechos fundamentales de los niños y niñas a tener una familia, a tener una identidad y al trato en condiciones de igualdad, después de negarse a inscribir el nombre de una de las madres en el registro civil de nacimiento, porque no habían realizado la declaración de su unión.La Corte Constitucional falla a su favor, y el nombre de la otra madre debe ser registrado.
Los colegios deben promover formas acertadas de tratar e incluir a les estudiantes con expresiones sexualmente diversas. No generar barreras administrativas en el proceso de transición y resolver los conflictos entre docentes y estudiantes de manera imparcial.
El Tribunal Superior de Bogotá condenó a ocho años de cárcel a Ramón María Isaza Arango, exjefe de las Autodefensas Campesinas del Magdalena Medio, después de que fuera hallado culpable de los delitos de homicidio, desaparición forzada, desplazamiento de población civil, tortura, reclutamiento ilícito y violencias basadas en género contra mujeres y personas sexualmente diversas.
La Corte falla a su favor y le solicita a la EPS que valore a la mujer trans, y le practique los procedimientos quirúrgicos pertinentes para la reasignación de sexo como una vaginoplastia para afirmación de género, mamoplastia de aumento o reconstrucción mamaria con dispositivo, feminización facial y los insumos y procedimientos complementarios de las cirugías mencionadas, aún cuando uando los servicios de salud estén por fuera de las IPS contratadas por la EPS.
Edward Andrés Gutiérrez Vargas y Diego Rico Rivillas, dos hombres gays, presentaron acción de tutela en contra el Banco de Sangre de la Fundación Valle de Lili, el Instituto Nacional de Salud y el Ministerio de Salud y Protección Social, después de que no les permitieran donar sangre a causa de su orientación sexual. La Corte falló a su favor, y destacó que los criterios para donar deben ser médicos y no en su expresión de sexo y género.
Después de que la Corte Constitucional estudiara una demanda interpuesta por Daniela García Pulgarín, para reafirmar su sexo en sus documentos de identidad como no binario, ya que es una persona que no se reconoce ni como “hombre” ni “mujer”. El alto tribunal determinó que se le vulneraron sus derechos a la dignidad humana, a la personalidad jurídica, al libre desarrollo de la personalidad y a la libertad de conciencia, después de que le negaran su derecho a realizar el cambio en 2021.
La Corte Constitucional falló a favor de Claudio, un joven de 16 años, quien interpuso una acción de tutela después de que le negaran el tratamiento hormonal con el que esperaba iniciar su proceso de reafirmación sexual. Después de que el alto tribunal estudió el recurso presentado por el menor, este concluyó que, ninguna EPS o centro médico podrá negarse a realizar o administrar estos tratamientos bajo el argumento que no cumplen con la mayoría de edad.
Mike Durán tuvo que interponer dos acciones de tutela para que sus documentos de identificación señalaran que elle era una persona trans. El primer recurso lo presentó en 2019 con el apoyo de los abogados Manuela Gómez y Alejandro Diez, integrantes del Grupo de Sexualidad Diversa de la Universidad. Pero solo hasta el 2021 el Tribunal Administrativo de Antioquia falló a su favor, y ordenó el cambio inmediato de su sexo en el registro civil y la cedula de ciudadanía. Sin embargo, esos trámites se quedaron a medio camino, obligandole a presentar una nueva tutela. Fue solo hasta el 2023 que Mike consiguió realizar el cambio definitivo de su documentación, luego de que el Tribunal de Medellín, señalara que la petición que venía realizando desde hace cuatro años era un derecho.
La Corte Constitucional ordenó al Inpec y a la USPEC elaborar una ruta de atención especial para las personas trans privadas de la libertad, que soliciten la práctica de tratamientos médicos de afirmación de género. Procedimientos sobre los que podrán contar con el acompañamiento y asesor.
La Corte Constitucional reconoció que dos mujeres, madres de un niño de 6 años fueron víctimas de discrminación después de que se pusiera en duda la maternidad de una de ellas, bajo el argumento de que «madre solo hay una y es la biológica», durante una cita médica. El alto tribunal pidió reconocer de forma pública que habría incurrido en esta conducta y diseñar lineamientos en inclusión para las familias de la población LGBTIQ.
El equipo se crea bajo los estándares de investigación y judicialización previstos en la Directiva 0006 del 9 de octubre de 2023, que establece lineamientos de investigación y judicialización para este tipo de violencias, y se consolida como uno de los pocos existentes a nivel Latinoamericano, para la investigación especializada de delitos cometidos contra personas LGBTIQ o percibidas como tales.
El alto tribunal llegó a esta conclusión, después de que este influencer realizara en repetidas ocasiones, comentarios abiertamente homofóbicos durante sus transmisiones de YouTube. Contenido que fue denunciando por un activista de la comunidad LGBTIQ, porque este estaría incitando al odio y discriminación contra la población sexualmente diversa. Luis Villa, también conocido como “Wescol” deberá de compartir en sus redes sociales, información que señale los impactos negativos que tienen este tipo de discursos, junto al fallo de la sentencia, y tendrá que participar de una jornada de capacitación y formación en derechos de las personas LGBTIQ, conforme los programas ofertados por el Ministerio de Justicia y del Derecho.
Aprobaron en segundo debate en la Cámara de Representantes el proyecto de ley 272 que lleva por nombre “Inconvertibles”, se busca eliminar las mal llamadas terapias de conversión, dirigidas por grupos religiosos y las iglesia, hacia la población LGBTIQ en Colombia y el mundo. Con 97 votos a favor, No obstante, el proyecto se hundió al final de la legislatura, pues no fue discutido por el Senado.